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Unidad de Igualdad de Género

Información general

Definición de Unidad de Igualdad de Género

El género es una construcción simbólica que parte de la diferenciación biológica-psíquica, antropológica y social, mediante la cual se atribuyen a mujeres y varones capacidades y conductas distintas, además de tratos desiguales, en toda la sociedad.

Nuestra misión es permear la perspectiva de género en todas las tareas sustantivas y adjetivas de la institución, a fin de garantizar una convivencia libre de violencia y discriminación para la comunidad educativa del área de medicina. A fin de mantener una perspectiva científica y una orientación hacia los derechos y el cuidado imperativo de la dignidad humana.

La unidad de género fue conformada en el mes de septiembre del presente año, siendo el Honorable Consejo de Unidad Académica quien por mayoría de votos se logra designar la conformación de la Unidad de Género de la Facultad de Medicina.

 

 

Definición de Persona Orientadora  

En todos los casos, quienes colaboren, deberán encontrarse como personas activas en la Institución.

Ser parte de la Unidad de Género, el estudiantado, personal académico, personal no académico o personal de confianza de la Institución; quienes tendrán que acreditar el siguiente perfil:

 

• Tener conocimientos teóricos sobre perspectiva de género, no discriminación y derechos

humanos.

• Poseer habilidades de sensibilización y formación en Igualdad de Género.

• Conocer en términos generales el marco jurídico en materia de derechos humanos y perspectiva de género.

• Conocer los procedimientos de la Universidad para la atención de los casos de discriminación y violencia de género.

• Tener disponibilidad, interés y compromiso para capacitarse de manera continua y permanente como PO, por los medios que proporcione la Institución o propios.

• No haber sido persona sujeta de investigación y sancionada por alguna Autoridad Universitaria o externa.

Funciones de la Persona Orientadora

Las Personas Orientadoras de Unidades de Género. Las POs realizarán sus actividades de forma voluntaria y honorífica y éstas no deberán interferir en las responsabilidades académicas o en su jornada laboral; sus acciones fundamentales serán:

• Canalizar a la víctima de forma inmediata al área de atención psicológica en caso de que se encuentre en crisis o emocionalmente alterada y/o que la víctima así lo solicite. Si la víctima es parte del alumnado se canalizará y atenderá en la Dirección de Acompañamiento Universitario; en caso del personal académico o no académico será el Hospital Universitario de Puebla o la Institución de Seguridad Social que le corresponda quien se encargue de la atención de salud. Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género.

• Exhortar y guiar a la víctima para que acuda ante las autoridades universitarias encargadas de recibir las quejas de manera formal para iniciar el procedimiento indicado.

• Informar en el término de 24 horas, posterior a tener conocimiento de los actos y/o conductas de violencia de género y discriminación, a la OAG y a la DDU para la atención respectiva.

• Realizar reportes a la DAU, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, para

efectos de registro y estadística de acuerdo al formato elaborado por la OAG.

• Participar en las acciones con perspectiva de género que la Universidad instrumente a través de su programa.

• Colaborar en un esquema de equipo institucional y de respeto a las y los integrantes de la

comunidad universitaria, considerando que las funciones y actividades son de tipo honorario.

• Observar el principio de confidencialidad y firmar la carta elaborada para tal efecto.

• Tener reuniones en los periodos que sean señalados por la OAG para capacitación por parte del Centro de Estudios de Género (CEG) de la Universidad.

• Las demás funciones y actividades que sean señaladas por la Institución.

 

Personas Orientadoras

Nombre

Correo

Luz Oyuky López y López

oyuky.lopez@correo.buap.mx

Guadalupe Ramírez Guevara

guadalpupe.ramirezguevara@correo.buap.mx

Flavia Marisol Aguilar Rivera 

 

 

Beatriz Oropeza Vega                 

 

beatriz.oropeza@correo.buap.mx

Roberto Oropeza Vega

 

roberto.oropeza@correo.buap.mx

María Arany Hernández Cortez

 

arany.hernandezcortez@correo.buap.mx

Julián Ortega Sánchez

 

 

María Guadalupe Guzmán Coli

guadalupe.guzmancoli@correo.buap.mx

 

Horarios de atención

 

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

0800-0859

 

 

 

 

 

0900-0959

 

 

 

 

 

1000-1059

Arany Hernández

 

Arany Hernández

Arany Hernández

Gpe. R. G

1100-1159

 

 

 

 

Gpe. R. G

1200-1259

 

 

 

 

 

1300-1359

 

 

Luz Oyuky López

Beatriz Oropeza

 

1400-1459

Gpe. R. G

Gpe. R. G

Guadalupe Coli

Gpe. R. G

Guadalupe Coli

 

Luz Oyuky López

1500-1559

Beatriz Oropeza

Luz Oyuky López

Beatriz Oropeza

Beatriz Oropeza

 

1600-1659

 

Roberto Oropeza

 

 

Roberto Oropeza

1700-1759